Muerte Injustificada

¿Quién tiene el derecho de demandar en un reclamo por muerte injustificada?

Los padres, los cónyuges y los hijos tienen derecho a presentar un reclamo, aunque los menores de edad posiblemente necesiten a un representante adulto [adult guardian] para presentar la demanda. En algunos casos, otros miembros de la familia o dependientes legales también pueden tener el derecho de presentar un reclamo por muerte injustificada.

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¿Puedo recibir una indemnización por la angustia emocional después del muerte injustificada de un pariente?

Desafortunadamente, la ley de Nueva York no permite que una persona reciba una indemnización por la lesión emocional sufrida a causa de la muerte de un ser querido. Sin embargo, se puede solicitar una indemnización por el dolor y la angustia que el fallecido tuvo que soportar antes de su muerte, además de los daños por las pérdidas económicas. La indemnización por las pérdidas "económicas" no se limita a los ingresos perdidos. Por ejemplo, la pérdida de la orientación parental y otros servicios que eran proporcionados por el fallecido tienen un valor "económico" que se puede compensar. Es importante que su abogado disponga de las habilidades en el desarrollo de todos los aspectos de las pérdidas recuperables, especialmente en vista de las restricciones que tiene Nueva York, las cuales no permiten una indemnización por la angustia emocional.*

*Advertencia: El estado de Nueva York permite la indemnización en situaciones especiales en las cuales un miembro de la familia fue testigo de la grave lesión o la muerte de un ser querido. En dichos casos, el miembro de la familia que estuvo dentro de la "zona de peligro" cuando ocurrió el accidente puede solicitar una indemnización por los daños causados por la angustia emocional.

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